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Cuenta corriente becas públicas

06 octubre 2021

 CUENTA CORRIENTE PARA EL PAGO DE BECAS O AYUDAS GESTIONADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD, PARTICIPACIÓN Y CONVIVENCIA ESCOLAR

Por la presente, se comunica que a partir del curso 2021/2022, para la tramitación del pago de las becas o ayudas gestionadas por la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, es imprescindible que las personas solicitantes den de alta la cuenta corriente consignada en la solicitud en en el Registro de Cuentas de Terceros de la Tesorería General de la Junta de Andalucía. 

El alta de la cuenta corriente que se consigne en la solicitud, cuyo titular ha de ser siempre la persona SOLICITANTE (que podrá coincidir o no con la persona beneficiaria) se podrá hacer siguiendo alguno de estos dos procesos:

 Con certificado digital (solo persona solicitante): 

Deberá acceder a la Oficina Virtual de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea y dar de alta su cuenta corriente.

Sin certificado digital:

Deberá presentar en cualquier Registro Administrativo (oficina de registro o registro electrónico) dirigido a la Dirección General de Política Financiera y Tesorería o sus Tesorerías Provinciales, certificado bancario u otro documento que acredite que la persona SOLICITANTE es titular de la cuenta para solicitar su alta. En caso de no llevarse a cabo esta acción, no podrá tramitarse el pago de las becas por esta Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar.

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La Consejería de Educación y Deporte informa de que con el objetivo de facilitar la tramitación del procedimiento de alta de cuentas corrientes a las personas solicitantes de las becas que gestiona la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, en breve se pondrá a disposición de las personas solicitantes un nuevo mecanismo a través de la Secretaría Virtual. Se trata de un sistema alternativo que permitirá trasladar a la Consejería de Hacienda y Financiación Europea la solicitud de alta de cuentas corrientes sin necesidad de realizar ningún otro trámite.

Las becas a las que se hace referencia son las siguientes:

 •Beca General (en virtud del Convenio con el Ministerio de Educación y Formación Profesional). 

•Ayudas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo (en virtud del Convenio con el Ministerio de Educación y Formación Profesional).

• Beca 6000. 

• Beca Andalucía Segunda Oportunidad (BASO)